Los privilegios son derechos que la ley concede a ciertos acreedores para recibir pagos con preferencia sobre otros, según los artículos 1866 y 1870 del Código Civil y Comercial (CCV). Estos privilegios pueden ser generales, que se aplican a todos los bienes muebles del deudor (art. 1869 CCV), o especiales, que afectan a bienes específicos como créditos prendarios, alquileres y rentas de inmuebles (art. 1871 CCV).
Los acreedores con


